Quinto delito electoral. Rebasar los montos legales o utilizar dinero ilícito en las campañas.
Los partidos políticos reciben financiamiento público para sus actividades ordinarias y para los periodos de campaña. También es legal que recurran a financiamiento privado con los límites que las leyes electorales establecen.
Entregar o recibir aportaciones, en dinero o especie, a favor de algún partido político o coalición cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito o, bien, el monto rebase lo permitido por la ley, es un delito electoral. Se sancionará con 5,000 días multa y quince años de prisión.
Puede leerlo en el Artículo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. Ver más en: https://www.pixannoticias.com.mx/elecciones-tabasco-2021/

