Décimo delito electoral. Alterar los datos de la credencial para votar.
La credencial para votar es un documento público que cuenta con los datos personales de su titular: nombre, domicilio, fecha de nacimiento, clave de registro único de población (CURP), huella dactilar y firma. Los datos personales de los ciudadanos que tienen credencial para votar están inscritos en el Instituto Nacional de Electores.
Al alterar estos datos sin el mecanismo legal correspondiente, se comete una conducta delictiva, aquella persona que altere el Registro Federal de Electores o participe en la expedición ilícita de credenciales para votar con fotografía, se le impondrá una sanción de sesenta a doscientos días multa y prisión de tres a siete años. Puede leerlo en el Artículo 13, fracción I de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
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